45B - Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie |
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Los sujetos obligados que sean ejecutores de gasto podrán otorgar donativos siempre y cuando lo hagan en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento,132 las reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento de donativos fijadas por la Secretaría de la Función Pública, así como, en su caso, por las disposiciones análogas de las Entidades Federativas |
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Ejercicio |
Periodo que se informa |
Personería jurídica del beneficiario |
persona moral |
Nombre(s) del beneficiario de la donación |
Primer apellido del beneficiario de la donación |
Segundo apellido del beneficiario de la donación |
Nombre(s) de la persona facultada |
Primer apellido de la persona facultada |
Segundo apellido persona facultada |
Cargo o nombramiento de la persona facultada |
Nombre(s) del servidor público facultado |
Primer apellido servidor público facultado |
Segundo apellido del servidor público facultado |
Cargo o nombramiento del servidor público |
Descripción del donativo |
Actividades a las que se destinará: |
Hipervínculo al contrato de donación |
Fecha de validación |
Área responsable de la información |
Año |
Fecha de Actualización |
Nota |